Barrios GIE 02/10/2019

Un término muy de moda, el falso autónomo, con posibles consecuencias para las empresas que les dan uso

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La figura del falso autónomo ha cogido fuerza en las empresas con el objetivo de reducir costes, pero ¿en qué consiste?

No existe una definición de esta figura de falso autónomo dentro del marco legal. Para saber si una persona está desempeñando trabajos como falso autónomo podemos acudir a los conceptos marcados en los estatutos de trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia donde podremos valorar los siguientes aspectos fundamentalmente :

 

  • Si el salario del trabajador está determinado por la compañia y no por el autónomo en función de su propia valoración profesional.
  • Un falso autónomo es un trabajador autónomo que sigue las directrices que le marca la compañia para la ejecución de sus funciones.
  • El trabajador com falso autónomo hace uso de los medios o herramientas de la compañia le proporciona.
  • El falso autónomos tiene una relación de dependencia con la empresa a la que le realiza los trabajos.

 

Si eres una empresa que cuentas con falsos autónomos desarrollando trabajos de forma cotidiana debes tener en cuenta que ante una reclamación o inspección tendrás que responder ante ciertas obligaciones:

 

  • Tendrás que pagar al trabajador la indemnización legal máxima en caso de que se dé una reclamación por despido .
  • El trabajador podrá reclamar las cotizaciones de los últimos 4 años, si procede.
  • El trabajador podrá exigir a la compañía el pago de una multa por el 100% o el 150% del valor de las cotizaciones no ingresadas.
  • Si acaba interviniendo la Inspección de Trabajo, la compañía deberá enfrentarse a una sanción económica por no haber inscrito al trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social que podrá oscilar entre los 3.126 y los 10.000 euros.
  • En el caso de que se detecte la existencia de más de un falso autónomo trabajando para la compañía, ésta deberá hacerse cargo de las sanciones e indemnizaciones ya descritas.

 

 

Podemos hablar de la figura del autónomo dependiente que te evitará problemas futuros legales.

 

  • Los autónomos dependientes están regulados por la Seguridad Social en su Régimen General de Trabajadores Autónomos y se trata de aquellos autónomos que facturan el 75% de sus ingresos al mismo cliente.
  • El autónomo dependiente tiene en propiedad la totalidad de su infraestructura de producción y el material necesario para el desempeño de sus funciones.
  • El trabajador cuenta con libertad para organizarse sus horarios y jornada laboral.

 

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