Barrios GIE 07/10/2024

¿Toca cerrar trimestre? Conoce los pagos fraccionados y cómo gestionarlos correctamente

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Al finalizar cada trimestre, los autónomos y empresas deben cumplir con una serie de obligaciones fiscales, entre ellas, los pagos fraccionados. En este artí­culo te explicamos qué son, cómo funcionan y por qué son fundamentales para mantener una correcta gestión fiscal. Aprende con Asesorí­a Barrios, en Cuenca, cómo calcular y presentar estos pagos para evitar sorpresas al cerrar el trimestre.

El cierre de cada trimestre es un momento crucial para autónomos y empresas, ya que deben cumplir con diversas obligaciones fiscales, entre las que destacan los pagos fraccionados. Si eres autónomo o gestionas una empresa, es importante que conozcas cómo funcionan estos pagos y por qué son esenciales para mantener al día tus responsabilidades tributarias. En Asesoría Barrios, en Cuenca, te ayudamos a entenderlo mejor y a gestionar tus trámites de forma sencilla y eficiente.
 
¿Qué son los pagos fraccionados?
 
Los pagos fraccionados son adelantos que los autónomos y empresas deben hacer a Hacienda a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto de Sociedades. Estos pagos se realizan de forma trimestral y tienen como objetivo anticipar parte de los impuestos que, de forma definitiva, se liquidarán al final del ejercicio fiscal.
 
En palabras más simples, es una forma de ir "pagando a plazos" los impuestos que se deben sobre los beneficios obtenidos, para evitar que la carga impositiva al cierre del año sea demasiado elevada. Gracias a los pagos fraccionados, el autónomo o empresario evita tener que hacer un gran desembolso de dinero al final del año fiscal.
 
¿Quiénes están obligados a hacer pagos fraccionados?
Los pagos fraccionados son una obligación para:
  • Autónomos que tributan en el régimen de estimación directa (ya sea normal o simplificada) y que deben realizar el modelo 130, o aquellos que tributan por módulos (estimación objetiva) y deben presentar el modelo 131.
  • Sociedades y personas jurídicas que deben realizar pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades mediante el modelo 202.
En ambos casos, se deben presentar y abonar en los meses de abril, julio, octubre y enero, correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre del año respectivamente.
 
¿Cómo se calcula el pago fraccionado?
 
El cálculo de los pagos fraccionados varía según el tipo de régimen fiscal:
 
Para autónomos en estimación directa (modelo 130): Deben pagar el 20% de la diferencia entre los ingresos y los gastos deducibles obtenidos durante el trimestre. Es decir, se aplica sobre el rendimiento neto positivo de la actividad económica. Si los rendimientos netos del trimestre son negativos, no se debe abonar ningún importe.
 
Para autónomos en estimación objetiva (modelo 131): El cálculo se basa en la aplicación de ciertos parámetros definidos por Hacienda, como el número de empleados, superficie del local, entre otros. Se aplica un porcentaje fijo sobre los módulos establecidos.
 
Para sociedades (modelo 202): El pago se calcula aplicando el 18% sobre la base imponible del impuesto de sociedades del ejercicio anterior. Sin embargo, existen otros métodos de cálculo, como el de base imponible acumulada, para empresas de mayor volumen de facturación.
 
¿Qué sucede si no se presenta el pago fraccionado?
 
No cumplir con los plazos establecidos para los pagos fraccionados puede acarrear sanciones económicas y recargos por parte de la Agencia Tributaria. Además, en caso de no abonar a tiempo los pagos fraccionados, se podrían generar intereses de demora, lo que incrementaría la cantidad a pagar.
 
Por ello, es fundamental realizar una buena planificación y asegurarse de cumplir con todas las obligaciones fiscales a tiempo. En Asesoría Barrios, en Cuenca, nos especializamos en ayudar a nuestros clientes a gestionar sus pagos fraccionados, asegurándonos de que no se les pase ningún plazo y evitando así posibles sanciones.
 
Ventajas de realizar correctamente los pagos fraccionados
Realizar de forma correcta los pagos fraccionados ofrece varias ventajas para autónomos y empresas:
 
  • Evita sorpresas al cierre del ejercicio fiscal: Al ir adelantando los pagos trimestrales, no tendrás que enfrentar un gran desembolso de dinero al final del año.
  • Mejora la gestión de tesorería: Los pagos fraccionados permiten una mejor planificación de la caja, ya que se distribuyen a lo largo del año.
  • Cumplimiento con la Agencia Tributaria: Estar al día con los pagos fraccionados permite mantener una buena relación con Hacienda, evitando así inspecciones innecesarias y recargos.
¿Cuándo pueden solicitarse las devoluciones de los pagos fraccionados?
En algunos casos, los autónomos y empresas pueden haber pagado de más en sus pagos fraccionados. Esto suele suceder si al cierre del ejercicio fiscal, la base imponible final es menor de lo que se había calculado en los trimestres. En tales situaciones, se puede solicitar la devolución del exceso pagado durante la declaración de la Renta o el Impuesto sobre Sociedades.
 
Para asegurarse de que todo esté en orden y no pagar más de lo debido, es recomendable contar con el apoyo de un asesor especializado. En Asesoría Barrios, en Cuenca, revisamos cada detalle para garantizar que nuestros clientes paguen lo justo y necesario, y que puedan solicitar devoluciones cuando corresponda.
 
¿Necesitas ayuda con tus pagos fraccionados? ¡Contacta con Asesoría Barrios!
Si tienes dudas sobre cómo realizar tus pagos fraccionados, o si no estás seguro de cuál es el método de cálculo más conveniente para ti, en Asesoría Barrios estamos aquí para ayudarte. Como expertos en asesoría fiscal para autónomos y empresas en Cuenca, te brindamos el apoyo necesario para que tus obligaciones fiscales estén siempre al día y puedas centrarte en lo que realmente importa: hacer crecer tu negocio.
 
No dejes que los trámites fiscales se conviertan en un dolor de cabeza. Confía en nuestros servicios de asesoría para asegurarte de que cumples con todas las normativas, evitando sanciones y maximizando tus beneficios fiscales.

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