Barrios GIE 24/10/2022

¿Qué es un autónomo societario?

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Un autónomo societario es un trabajador por cuenta propia que ha constituido una empresa, aunque su condición fiscal de autónomo no cambia.

Cuando se constituye una sociedad mercantil, sus socios deberán darse de alta como autónomos societarios siempre que se cumplan una serie de requisitos:

  • Tener un 25% o más de las participaciones de la empresa y desempeñar labores de dirección o gerencia.
  • Tener un mínimo del 33% del capital de la empresa y, además, trabajar en ella.
  • Que, aun no teniendo participaciones de la empresa, viva con alguno de los socios y éste cuente con más del 50% del capital.

Dependiendo de la situación, el autónomo deberá cobrar emitiendo facturas a la empresa o podrá hacerlo a través de una nómina, como un trabajador asalariado.

Actualmente, tendrán que emitir factura los autónomos societarios que realicen una actividad económica independiente. Ante los dos primeros casos, el autónomo societario deberá emitir factura a la empresa al final de mes.
En el caso de que no se cumplan esos supuestos, el autónomo societario podrá cobrar a través de una nómina emitida por la empresa. Por ejemplo, si posee menos del 25% del capital de la empresa, se podrá emitir una nómina mensual.

Sin embargo, aunque el autónomo reciba una nómina, deberá seguir dado de alta en el RETA (Régimen General de Trabajadores Autónomos) y pagar sus cuotas como trabajador por cuenta propia.

Si estás pensando en darte de alta como autónomo societario:

  • Constituir una sociedad
  • Darse de alta en la Seguridad Social con el modelo TA 0521.
  • Darse de alta en la Agencia Tributaria con los modelos 036 y 037.

En cuanto a la cuota de los autónomos societarios, dicha cuota es superior a la del resto de autónomos.
La cuota está comprendida entre los 357€ y los 364,23€ mensuales, siendo deducibles, siempre y cuando se paguen de la forma adecuada, es decir, si el socio se paga su propia cuota y no lo hace la empresa., pudiendo la empresa pagar al autónomo una nómina que cubra dicho coste, pero nunca pagado desde la propia sociedad.

Los autónomos societarios deberán emitir factura por los servicios y actividades que ejerce dentro de su propia empresa. SIn embargo, hay casos en los que la factura no llevará IVA, y otros en los que sí, como los siguientes:

  • Cuando la actividad del profesional no está sujeta a los criterios organizacionales de la empresa.
  • Si recibe una remuneración significativa por sus servicios y está ligada a los resultados del negocio, es decir, no tiene un sueldo fijo, sino que depende de los trabajos y de los resultados de la sociedad.
  • Cuando el autónomo societario representa a la sociedad frente a terceros, con la consecuencia de que es responsable y responde por los beneficios o daños que su trabajo pueda producir.

Como siempre hacemos en nuestros artículos y si es tu caso, si tienes dudas o si quieres profundizar más en todo esto, puedes contactar con nosotros y tratamos todos los detalles en una cita presencial, para poder explicarte todo adecuadamente y que no te queden dudas al respecto.

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