Barrios GIE 25/09/2019

No tienes que pensártelo más, ser autónomo y trabajador por cuenta ajena es posible?

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Esta situación se define como pluriactividad y presenta peculiaridades en cuanto a la cotización que pasamos a comentarte de forma resumida. Como siempre nuestro servicio de asesoria te asesorará en todos los detalles con una cita previa en la que analizaremos tu caso en profundidad

Es compatible tener un contrato por cuenta ajena y al mismo tiempo ejercer una actividad empresarial o profesional por cuenta propia.

 

Definimos inicialmente pluriactividad y para ponernos en contexto como la situación en la que una persona realiza dos o más actividades laborales que obligan a cotizar en más de un Régimen de la Seguridad Social.

 

Respecto a ello analizaremos algunos de los casos:

 

Reducciones para nuevos autónomos que estén en situación de pluriactividad

 

Existen unas reducciones para los nuevos autónomos, quedando excluidos autónomos societarios, en situación de pluriactividad.

 

Reducciones para los Nuevos Autónomos contratados por cuenta ajena a jornada completa:

 

  • Primeros dieciocho meses de alta: hasta el 50% de la base mínima de cotización, por lo que la base por la que podrán optar los autónomos en pluriactividad será 466,35 euros. 
  • Segundos dieciocho meses de alta: hasta el 75% de la base mínima, que se quedaría por tanto en 699,50 euros.

 

Reducciones para los Nuevos Autónomos contratados por cuenta ajena a tiempo parcial, con una jornada superior al 50%:

 

  • Primeros dieciocho meses de alta: hasta el 75% de la base mínima de cotización, por lo que la base por la que podrán optar los autónomos en pluriactividad será 699,50 euros. 
  • Segundos dieciocho meses de alta: hasta el 85% de la base mínima, que se quedaría por tanto en 792,7 euros.

 

Exclusión de cotización por incapacidad temporal

 

La cobertura de la prestación económica por Incapacidad Temporal tiene carácter obligatorio para todos aquellos que se quieran dar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, siendo opcional si te encuentras en situación de pluriactividad y tienes derecho a la prestación por Incapacidad Temporal en otro régimen del Sistema de la Seguridad Social en el que también te encuentres en situación de alta.

 

Doble cotización.

 

Los trabajadores autónomos que, en razón de sus trabajos por cuenta ajena desarrollados simultáneamente, hayan cotizado en un año, respecto de contingencias comunes, en régimen de pluriactividad por una cuantía igual o superior a 12.368,23 euros en 2016, tienen derecho a una devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones ingresadas superen la mencionada cuantía, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el Régimen Especial.

 

Mujeres en situación de pluriactividad y embaro o periodo de lactancia?

 

En lo que se refiere al riesgo durante la lactancia natural, para valorar si te encuentras en una “situación protegida”, se analizará el riesgo ocasionado en todas las actividades que vienes desempeñando o sólo en una de ellas.

 

Respecto del riesgo durante el embarazo si la situación de riesgo afecta a todas las actividades desempeñadas, la trabajadora tendrá derecho a la prestación en cada uno de los regímenes, siempre que reúna los requisitos exigidos de forma independiente en cada uno de ellos. Si la situación de riesgo no afecta a todas las actividades realizadas, la trabajadora tendrá derecho al subsidio únicamente en el régimen en que esté incluida la actividad de riesgo.

 

Las pensiones de jubilación

 

Siempre que cumplas los requisitos exigidos por separado en cada régimen tendrás derecho a dos pensiones.

 

 

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