Barrios GIE 15/09/2021

Criptomonedas

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Hablamos sobre la tributación de las Criptomonedas

Todos sabemos lo que son las criptomonedas, pero dado que cada día se escucha más y son más utilizadas, nos centramos un poco en qué son, como tributan, qué impuestos hay que pagar y cómo hacerlo.

Una criptomoneda es una moneda virtual que puede ser intercambiada por otras monedas tradicionales y utilizada como medio de pago o inversión. La Criptomoneda más conocida es el Bitcoin que nació en el año 2009, pero posteriormente han aparecido otras como Litecoin, Ethereum, Ripple y Bitcoin Cash, entre otras.

  • Se pueden utilizar como sistema de pago o como inversión.
  • No están sometidas al control de un Gobierno o de una entidad financiera.
  • Funcionan mediante la tecnología denominada Blockchain o cadenas de bloques, diseñadas para evitar modificaciones.
  • Se garantiza la seguridad y la integridad y equilibrio de sus estados de cuentas.

Entre las ventajas de usar criptomonedas podemos hablar de que se reducen los gastos de las transacciones, pues no hay intermediarios. Los pagos por internet son más rápidos y no hay necesidad de agentes financiero o terceros para realizar las operaciones.

Con las Criptomonedas es posible obtener un beneficio si recibimos pagos con ellas o si realizamos compras como inversores, y evidentemente hay que tributar por ello.

En el caso en que vendas o compres Bitcoins  u otras Criptomonedas y obtengas un beneficio o sufras una pérdida, de cara a la declaración del IRPF,  se considera ganancia o pérdida patrimonial y tendrás que sumarla al resto de ganancias y pérdidas patrimoniales que tengas. 

Si has comprado como inversión Bitcoins o cualquier otra criptomoneda y has perdido dinero, podrás restar la pérdida a otras ganancias que hayas tenido.

En relación al Modelo 720: bienes y derechos en el extranjero y Criptomonedas es importante destacar que la obligación de declarar las criptomonedas nacerá siempre que la valoración de las mismas sea superior a 50.000 euros. Las sanciones por no presentación del Modelo o por la presentación fuera de plazo pueden ser elevadas, ya que pueden alcanzar los 10.000 euros, añadiendo la respectiva sanción en el IRPF, que puede llegar al 150% del importe no declarado.

En caso de que recibas una donación en bitcoins o que alguien fallece y heredas bitcoins, lo tendrás que declarar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, teniendo en cuenta las exenciones y bonificaciones que se regulen en cada Comunidad Autónoma.

Como siempre, si es tu caso, y ante cualquier duda, contacta con Asesoría Barrios en Cuenca y analizamos tu caso para poder ayudarte en todo lo posible
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